Este artículo pretende informar, comunicar y orientar a quien no tiene conocimiento acerca de qué hace y cómo debe ser un psicólogo y su ejercicio como profesional dentro del territorio venezolano.
En incontables ocasiones he observado que existen profesionales de la
psicología dispuestos a manchar la reputación de dicha disciplina, llevando a
cabo acciones que perjudican significativamente a su entorno, olvidando que
existen sanciones para este tipo de conductas inapropiadas. Para ser más
específica, en el área de la psicología clínica, donde te diriges al
consultorio del psicólogo o tienes contacto por otro medio con el mismo y le
solicitas atención y ayuda porque “tienes un problema”, es donde mayormente se
evidencian fallas que atentan contra la salud mental del consultante o
paciente, cuando es de suponer que es su deber velar por el bienestar del
mismo.
Hasta el momento, son más las “habladurías” y los “rumores” que las acusaciones
con pruebas en mano, por lo cual, personalmente no me he visto en la necesidad
de establecer una denuncia formal ante el Colegio de mi jurisdicción o en la
FPV (Federación de Psicólogos de Venezuela), aún así, no significa que estos
abusos no puedan ser percibidos. Existen personas que declaran estar afectadas
emocionalmente debido a prácticas inusuales dentro de la consulta psicológica,
que no tienen nada que ver con el ejercicio legal y profesional de la
Psicología. Para ser más precisa respecto a ¿Qué es el ejercicio profesional de la
Psicología?, cito textualmente el artículo 2 de la Ley de Ejercicio Profesional
de la Psicología:
“se entiende por ejercicio de la
Psicología la utilización del conocimiento adquirido mediante el estudio
científico del comportamiento del ser humano y del animal, tanto en la
realización de labores de investigación y docencia en Psicología, como en la
prestación de servicios profesionales (…) Este conocimiento capacita al Psicólogo
para colaborar en los distintos ámbitos de la conducta humana y animal, a
través de acciones de exploración, descripción, explicación, predicción,
orientación y modificación de situaciones, tanto en el contexto de la
investigación pura, como en el marco de la investigación aplicada, la docencia
en Psicología y el ejercicio profesional, libre o institucional. Igualmente lo
capacita para contribuir en la prevención de las dificultades de la evolución
psicológica normal del individuo; para la elaboración de programas que
favorezcan el desarrollo personal, educativo y social del hombre, y para la
solución de problemas en la conducta mediante el empleo de técnicas y
procedimientos psicológicos”
¿Qué nos
quiere decir esto? El profesional de la psicología tendrá como objetivo lo
estipulado en el mencionado artículo, de manera que cualquier acción fuera de
este podría ser penalizada. Para que un psicólogo pueda ejercer legalmente la psicología en Venezuela deberá inscribirse en
el Ministerio de Educación (para esto, se federa directamente en la Federación de Psicólogos de Venezuela), estar inscrito en el Colegio de Psicólogos de la
jurisdicción y ser miembro del Instituto de Previsión del Psicólogo (INPREPSI)
Si asistes a
consulta psicológica, no sientas vergüenza al solicitarle al profesional que te
muestre alguna acreditación que confirme que está inscrito en dichos
organismos, de esta manera, estarás seguro que eres atendido por un experto que
ejerce legalmente su profesión. Otra
forma rápida y confiable de verificar que un psicólogo es legal en Venezuela,
será visitando el sitio web de la FPV en "Consultas de Psicólogos Federados" y colocando su nombre y apellido o número de FPV, tendrás la certeza de que
está federado.
Es importante
destacar, parafraseando la Ley del Ejercicio Profesional de la Psicología y el
Código de Ética Profesional del Psicólogo, en qué ocasiones el profesional
ejerce ilegalmente la psicología en Venezuela:
1. Aquellas
personas que sin cumplir los requisitos de la Ley en cuestión, se atribuyan los
Títulos de profesionales de la Psicología y quienes suplanten a personas
legalmente autorizadas para ejercer dicha profesión.
2. Los
psicólogos que ejerzan la profesión, no obstante haber sido suspendido.
3. Quienes
actúen como cómplices o encubridores de personas naturales que incurran en
actos de ejercicio ilegal de la Psicología.
4. Las personas
que NO hayan obtenido su respectivo título de Licenciado en Psicología expedido
por una Universidad Nacional o extranjera, siempre que estos hayan sido
revalidados en Venezuela y cumplan en todo caso los requisitos exigidos en la
Ley.
5. Las
personas que sin haber llenado las prescripciones legales administren pruebas
psicológicas, comuniquen sus resultados o los interpreten a los fines de tomar
decisiones que en algún modo afecten el desenvolvimiento psicológico de los
individuos.
6. Las
personas que habiendo o no llenado las prescripciones de la presente Ley,
incurran en prácticas mágicas o esotéricas, presentándolas como psicológicas.
7. Las
personas que sin estar autorizadas por las leyes respectivas, realicen trabajos
de investigación u orientación psicológica, ya sean estos efectuados en forma
individual o grupal.
Haciendo
énfasis en el punto número 6, he tenido conocimiento de personas que se hacen
llamar “psicoastrólogos”, utilizando la astrología como descriptor de
conductas. Si bien no estoy en contra del cosmos, considero irresponsable e
ILEGAL que una persona utilice prácticas de esta índole en nombre de la
psicología, cuando sin duda, son cuestiones diferentes. Por favor, tengan
cuidado con quienes les ofrezcan brebajes, fórmulas mágicas o ramazos como
forma de terapia para ayudarles en la solución del conflicto que presenten. Si
crees en este tipo de acciones mágico-religiosas estás en todo tu derecho, en
todo caso, mejor visita a un “brujo” o afines. Si observas a un PSICÓLOGO
tomando estas acciones, estás en el deber de denunciarlo al Colegio de
Psicólogos de ese Estado o directamente a la Federación de Psicólogos de
Venezuela.
Considero
pertinente hacer de conocimiento público algunos artículos que tomé del Código
de Ética Profesional del Psicólogo y brevemente daré una explicación de
los mismos:
Artículo 42
"Está prohibido al
psicólogo toda forma de competencia desleal. Se presume ésta en la oferta o
sugerencias publicitarias de curaciones milagrosas o mágicas por medio de
frases, dibujos o signos similares"
- No sé si alguna vez
habrás visto este tipo de anuncios en algún periódico local. En algún momento,
mientras estuve en la Universidad, vi uno y me pareció terrible. NO existe
fórmula mágica o milagrosa para tratar trastornos psicológicos, no desde la
perspectiva de la psicología. Atento ante este tipo de acciones.
Artículo 49
"El psicólogo en su
actuación profesional debe abstenerse de cometer actos que atenten contra la
moral y las buenas costumbres pretextando una situación terapéutica que
presente como indicada para el consultante"
- El psicólogo podrá
indicarte estrategias de intervención psicoterapéutica que estén apoyadas por
teorías y estudios científicos, también podrá hacerte recomendaciones respecto
a tu vida cotidiana sin que estas dañen tu posición moral.
Artículo 85
"El material acreditado
como de “uso psicológico” debe ser de uso reservado para quienes tengan
preparación psicológica apropiada y hayan aceptado las obligaciones inherentes
a su uso"
- No aceptes que una
persona que no es psicólogo te aplique pruebas que son de uso exclusivo de la
psicología y por tanto, deben ser evaluadas por un experto en el área. Aprovecho
para puntualizar que tampoco te autoevalúes, no serán confiables los resultados
que observes. Evita etiquetarte.
Artículo 103
"El psicólogo no está en
la obligación de rehabilitar, si esta es la situación, pero sí al menos de
instrumentar estrategias de intervención que permitan aliviar el conflicto o
problema"
- Este punto es bien interesante, ya que en ocasiones algunos pacientes van a consulta con la
esperanza de que “les quiten” la conducta no deseada, al igual que padres que
llevan a sus hijos para que “les quiten lo homosexual”, por nombrar un ejemplo.
El psicólogo está en la obligación de proporcionarte las herramientas adecuadas
que permitan solventar tu problema, pero no está obligado a sacarte del pozo en
el que te encuentres. Recuerda: el cambio es propio.
Artículo 108
"Al psicólogo no se le
está permitido el abandono injustificado de ningún caso, evaluación o asunto profesional
sometido a su cuidado"
- Ningún psicólogo te
debe decir que ya no puede atenderte más sin darte razones válidas. Una vez el
profesional asume un caso, lo correcto es que lo finalice junto al paciente. La
terapia llega hasta donde el paciente quiere llegar o hasta donde el
profesional considere que se han cubierto los objetivos planteados en terapia.
Artículo 114
"El consultante o sus
familiares están en el derecho de solicitar una Junta de Psicólogos cuando no
estén satisfechos del resultado de los tratamientos empleados por el psicólogo"
- Es tu derecho y el
de tus familiares, expresar insatisfacción por los resultados del tratamiento
empleado en terapia, al punto de solicitar una Junta de Psicólogos, la cual
puede ser promovida por el mismo psicólogo tratante, a quien le corresponde la
designación de uno o varios colegas que sean capaces de establecer juicios a
fin de ayudarle en la solución del problema planteado. Tanto el consultante como
sus familiares podrán exigir la presencia de uno o más psicólogos de su
elección. Este punto es un poco más extenso de explicar, así que de ser el
caso, revisar artículos 114 al 121 de este código.
Artículo 123
"El psicólogo verterá
sobre el caso que le haya sido confiado, todos los conocimientos y medios
lícitos de su profesión tendiente al logro del bienestar del consultante. Nunca
habrá de prometer la solución del problema"
- ¡Por favor! Si escuchas
a tu psicólogo decirte que te promete la solución a tus problemas, duda de su
capacidad profesional. Como profesionales de la psicología estamos en el deber
de proporcionar lo que esté a nuestro alcance, en cuanto a conocimientos y
estrategias relacionadas con la psicología que proveen bienestar mental al
paciente. Nada de promesas.
Artículo 125
"El psicólogo cuidará
sobremanera de no intervenir en casos o situaciones en que su propia
problemática personal o posición económica pudiera interferir y entorpecer el
carácter científico y objetivo de la actividad profesional. En consecuencia,
evitaría reflejar en el ejercicio de la profesión y en sus relaciones
profesionales con los consultantes, los estados de ánimo derivados de sus
problemas personales, familiares o laborales. El psicólogo deberá velar por su
propia salud mental"
- Cuidado con esto.
Recuerda que el paciente eres tú, tu psicólogo en consulta no debe comunicarte sus
problemas ni cuánto les afectan, aunque es evidente que es un ser humano igual
que tú, su trabajo es escucharte y proporcionarte herramientas para tu mejoría.
Fuera de la consulta, el psicólogo es una persona común y corriente que también
tiene el derecho de pensar y sentir bajo su propio criterio. Es prudente
manejar los prejuicios que tengamos al respecto.
Artículo 128
"Está vedado al
profesional de la Psicología, manipular su relación con el consultante para el
logro de fines económicos, políticos o sociales"
- No aceptes sobornos.
Un verdadero profesional será incapaz de manipular su relación con su paciente
para otro tipo de fines. En el artículo no lo dice, pero voy a mencionar que
bajo ningún concepto aceptes que tu terapeuta te sugiera “pagarle en especies”
por sus servicios como profesional. Es más fácil que asistas a un lugar donde
haya asistencia psicológica gratuita si te es difícil pagar una consulta
privada. Además, en estos casos, es IMPORTANTE denunciarlo. No tengas miedo, es
tu deber y tu derecho.
Artículo 129
"El psicólogo debe
respetar al consultante en cuanto atañe a sus ideas políticas, religiosas y
vida privada e igualmente su condición económica"
- No permitas que el
psicólogo en ejercicio irrespete tu posición política, religiosa, económica y
cuestione tu vida privada. En consulta, un buen psicólogo no te va a juzgar, es
un espacio para que te expreses tal cual piensas y sientes.
Para finalizar este post, quisiera invitarte a debatir al respecto si
así lo prefieres. Hay profesionales buenos, hay otros no tan buenos. La ola de desinformación continúa apareciendo, afectando a quienes inocentemente sólo buscan ayuda. Como paciente, estás en el derecho de rechazar abiertamente cualquier
situación terapéutica sugerida por el psicólogo que vaya en contra de tus
principios. Exige su identificación y que te conste que es un profesional que
ejerce legalmente en el país; no permitas abusos de ningún tipo, estás
solicitando un servicio y se te debe cumplir como tal. El psicólogo no puede
complacerte ni te va a decir todo lo que deseas escuchar, pero sí te dará las
herramientas para que mejores tu calidad de vida y puedas solucionar los
diferentes problemas que se presenten en tu día a día.
A los colegas que quizá por desconocimiento también estén incurriendo en acciones ilegales, lean un poco la Ley y el Código de Ética, a veces en la Universidad no nos dicen todo y durante el ejercicio profesional cometemos errores, muchas veces sin intención. Seamos responsables de nuestros actos, no manchemos esta profesión tan hermosa.